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Cada vez más, los Estados mo-dernos orientan su legislación
administrativa hacia lo proce-dimental, en el entendido que a través
de las formas se pue-den preservar los derechos de la ciudadanía en
su relación con una Administración Pública que se tor-na cada vez más
compleja y volu-minosa. Se ha entendido –pues– que la defensa de las
formas es una manera acertada de preservar el fondo: la paz, la
solidaridad, el bien común, la convivencia y el imperio de la ley.
Lugar prominente entre estas formas tienen la notificación y la
publicación de los actos admi-nistrativos de efectos particulares o
de efectos generales, según sea el caso, sobre lo cual ha dicho
nu-estro TSJ que “es una formalidad posterior a la emisión del acto,
en razón de lo cual el acto admi-nistrativo podrá ser válido más no
eficaz, pues en la medida en que no se haya efectuado se conside-rará
que los administrados ignoran su existencia, ya que, el funda-mento de
la publicidad y de la notificación consiste en llevar al
conocimiento del interesado el acto administrativo”; caso contrario,
ha dicho el mismo Tribunal, se vulne-ra el derecho a la defensa y se in-curre en vicios de ilegalidad e inconstitucionalidad.
En similar sentido se ha pronun-ciado la Corte Constitucional
co-lombiana al afirmar que “la publi-cidad es una condición de
legitimi-dad, que activa el principio de obli-gatoriedad de la norma
jurídica, pues "...es principio general de derecho que nadie puede
ser obli-gado a cumplir las normas que no conoce...""
La obligatoriedad de normas no publicadas en Gaceta Oficial que
pretenden funcionarios del área de valoración del SENIAT, haciendo
caso omiso del contenido del De-creto 655 de fecha 23 de enero de
2000 y del artículo X del GATT, así como del artículo 1 del Código
Civil, nos retrotrae a las etapas más obscuras de la historia de la
humanidad, cuando de la voluntad del jerarca dependían la hacienda,
la vida y el futuro de los súbditos.
C.A.S.
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| Este mes
en el Boletín... |
• A los
lectores
• Aduanas y territorio
• Permisos de embarque
fraccionado
• ¿Responsabilidad solidaria
aduanera?(I)
• El error de hecho como
eximente |
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Territorio aduanero es el espacio sobre el cual en determinado Estado
aplica sus normas aduaneras, en ejercicio de su poder de imperio...
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Permisos de embarque fraccionado |
Existen productos que desde el punto de vista técnico arancelario
conforman una unidad merceológica, susceptible por tanto de una sola
clasificación, independientemente de su volumen o de estar conformados
por combinaciones de artículos diferentes destinados a funcionar
conjuntamente o constituidos por componentes individualizados que
cumplen una determinada función...
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¿Responsabilidad solidaria aduanera?(I) |
En la materia aduanera, repetidamente, hemos oído expresiones,
comentarios y hasta pronunciamientos sobre la responsabilidad
solidaria entre el agente de aduanas y el administrado que contrata
sus servicios. Dicha creencia, además de errada, conlleva, en la
práctica, a comportamientos y situaciones que afectan de manera
directa nuestra especialización...
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| El error
de hecho como eximente |
“Uno de los mundos donde se requiere mayormente del ejercicio de la
imparcialidad, de lo justo, de la actividad lícita, es aquel que se
relaciona con lo patrimonial. Me refiero a lo patrimonial público y a
lo patrimonial privado..."
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