Abril de 2004 | Boletín #03

Clasificaciones Arancelarias

 

2001.90. Chutney de mango. Para la aplicación de esta subpartida y de la subpartida 2103.90.10 se entenderá por “chutney” de mango una preparación obtenida a partir de mangos confitados a los que se han añadido productos diversos, tales como jengibre, uvas pasas, pimienta y azúcar.

2101.30. Granos de cebada. Se clasifican igualmente en esta subpartida los granos de cebada sin las envolventes, sin germinar, tostados, que puedan utilizarse en cervecería para colorear y aromatizar la cerveza y como sucedáneos del café.

21.05. Helados y productos similares. Para la aplicación de la presente subpartida, se entenderá por “helados y productos similares” las preparaciones alimenticias, acondicionadas o no para la ventral por menor, aunque contengan cacao o chocolate (incluso como recubrimiento), en los que el estado sólido o pastoso se obtiene por congelación, y que se consumen tal como se presentan.
Estos productos se caracterizan por la propiedad esencial de volver al estado líquido o semilíquido cuando se colocan en un ambiente a una temperatura alrededor de 0° Celsius.
Por el contrario, las preparaciones que no posean la propiedad esencial descrita anteriormente, aunque tenga aspecto de helados, se clasifican, en general, en las subpartidas 1806.19.01 ó 21.06.
Los productos de la presente subpartida tienen denominaciones muy diversas (helados, casata, corte, conos, etc.) y se presentan en formas variadas; pueden contener, además de cacao o de chocolate, azúcares, grasas vegetales o de la leche, leche desnatada o sin desnatar, frutas, estabilizantes, sustancias aromáticas, colorantes, etc.
El contenido de estas grasas no excede, en general, de 15% en peso del producto terminado. Sin embargo, algunas especialidades en cuya fabricación se utiliza una gran proporción de nata de leche, pueden tener un contenido total de grasa próximo al 20% en peso.
Para la fabricación de algunos helados, se incorpora aire a las materias primas que se manipulan para aumentar el volumen del producto terminado (esponjamiento).

Capítulo 22. Consideraciones generales. Cuando en el presente Capítulo se hace una distinción entre los productos que se presentan en recipientes que no excedan de dos litros o que excedan de dos litros, hay que tener en cuenta el volumen del líquido contenido en dichos recipientes y no la capacidad de dichos recipientes.

22.04. Champán. El champán es un vino espumoso producido exclusivamente con uvas vendimiadas en la región francesa denominada Champagne.

Fuente: Notas Explicativas de la Nomenclatura Combinada de las Comunidades Europeas

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