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Clasificaciones Arancelarias |
2001.90. Chutney de mango. Para la aplicación de
esta subpartida y de la subpartida 2103.90.10 se entenderá por
“chutney” de mango una preparación obtenida a partir de mangos
confitados a los que se han añadido productos diversos, tales como
jengibre, uvas pasas, pimienta y azúcar.
2101.30. Granos de cebada. Se clasifican
igualmente en esta subpartida los granos de cebada sin las
envolventes, sin germinar, tostados, que puedan utilizarse en
cervecería para colorear y aromatizar la cerveza y como sucedáneos del
café.
21.05. Helados y productos similares. Para la
aplicación de la presente subpartida, se entenderá por “helados y
productos similares” las preparaciones alimenticias, acondicionadas o
no para la ventral por menor, aunque contengan cacao o chocolate
(incluso como recubrimiento), en los que el estado sólido o pastoso se
obtiene por congelación, y que se consumen tal como se presentan.
Estos productos se caracterizan por la propiedad esencial de volver al
estado líquido o semilíquido cuando se colocan en un ambiente a una
temperatura alrededor de 0° Celsius.
Por el contrario, las preparaciones que no posean la propiedad
esencial descrita anteriormente, aunque tenga aspecto de helados, se
clasifican, en general, en las subpartidas 1806.19.01 ó 21.06.
Los productos de la presente subpartida tienen denominaciones muy
diversas (helados, casata, corte, conos, etc.) y se presentan en
formas variadas; pueden contener, además de cacao o de chocolate,
azúcares, grasas vegetales o de la leche, leche desnatada o sin
desnatar, frutas, estabilizantes, sustancias aromáticas, colorantes,
etc.
El contenido de estas grasas no excede, en general, de 15% en peso del
producto terminado. Sin embargo, algunas especialidades en cuya
fabricación se utiliza una gran proporción de nata de leche, pueden
tener un contenido total de grasa próximo al 20% en peso.
Para la fabricación de algunos helados, se incorpora aire a las
materias primas que se manipulan para aumentar el volumen del producto
terminado (esponjamiento).
Capítulo 22. Consideraciones generales. Cuando en
el presente Capítulo se hace una distinción entre los productos que se
presentan en recipientes que no excedan de dos litros o que excedan de
dos litros, hay que tener en cuenta el volumen del líquido contenido
en dichos recipientes y no la capacidad de dichos recipientes.
22.04. Champán. El champán es un vino espumoso
producido exclusivamente con uvas vendimiadas en la región francesa
denominada Champagne.
Fuente:
Notas Explicativas de la Nomenclatura Combinada de las Comunidades
Europeas
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