Desde la ya lejana década de los setenta, hemos
sostenido que la modernización aduanera tiene múltiples facetas que
deben ser atendidas simultáneamente pero que, sobre todo, dicha
reforma debe iniciarse con una detección de los problemas y unas
propuestas juiciosas para resolverlos. Lo inverso sería un ejercicio
para llenar apariencias, para hacer creer que se avanza y se
moderniza, cuando en realidad se encubren los problemas y se tapan
sus causas; algo así como esconder lo barrido debajo de la alfombra.
Tenemos un Ley Orgánica que ya cumplió su cometido y requiere su
sustitución por un Código Orgánico Aduanero moderno, ajustado a las
realidades del País y que provea seguridad jurídica a funcionarios y
particulares por igual; que recoja los múltiples instrumentos que
actualmente rigen esta compleja actividad, poniendo fin a la
dispersión legislativa que tantos problemas ha causado a través de
los años. Como es obvio, este nuevo instrumento debe adecuarse a los
profundos cambios contenidos en la Constitución de 1999, tales como
la supresión del comiso y otros que sería prolijo enumerar ahora.
Los criterios para manejar la problemática derivada del
agenciamiento aduanero, deben ser volteados ciento ochenta
grados y una vieja injusticia debe ser corregida: la cometida con
los egresados de los institutos superiores de formación aduanera,
quienes no pueden ejercer libremente su profesión hasta tanto no
pasen por el cedazo económico, es decir, hasta tanto no tengan una
capacidad económica cuyo alcance se les impide. Así, estos
profesionales quedan condenados a ser empleados de una
Administración que ya no puede absorber más personal o de empresas
que se benefician con el exceso de oferta laboral.
El control de las mercancías debe volver plenamente a manos de la
aduana. Cae en el campo de lo caricaturesco que la aduana no reciba
la mercancía al pie del vehículo porteador, con lo cual reduce a
niveles insanos el control de la carga que es su función
fundamental, pero actualmente preterida por la búsqueda –a todo
evento– del aumento de los ingresos fiscales. En esta área pueden
prestar un gran auxilio las herramientas informáticas, facilitando
no sólo el conocimiento de la carga depositada, si no también el
status aduanero de los efectos, modificable por el transcurrir del
tiempo.
El sistema de valoración debe ser revisado en profundidad, no en
cuanto a la normativa que deriva en buena parte de tratados
internacionales, si no en cuanto a la aplicación práctica del
control del valor, el cual pasa, necesariamente, por una cabal
identificación de las mercancías y, muy especialmente, de las
manufacturas. A este efecto es insoslayable la utilización de la
tecnología de código de barras y de un sistema que relacione estos
códigos con los valores declarados por lo consignatarios y
exportadores, de manera tal que puedan ser contrastados e
investigados, sin que ello constituya un retroceso a ya superados
mecanismos de determinación de la base imponible.
El control posterior debe ser ejercido por un cuerpo altamente
especializado, constituido por los mejores hombres del servicio, por
quienes estén probados a través de los años y de los avatares de la
función pública. Fue, es y será irresponsable lanzar a la calle,
dotados de poder, a quienes no tengan la capacidad técnica y la
fortaleza moral que se requieren para ejercer con éxito funciones
tan exigentes como peligrosas.
La creación de juzgados superiores y de instancia especializados
para atender asuntos aduaneros de manera exclusiva, no admite más
dilaciones; lo contrario, es poner la justicia en manos de la
ignorancia. Es menester que los actos de la Administración Aduanera
sean recurribles –dentro de ciertos límites– ante la instancia
judicial, procurando que los derechos de los ciudadanos no estén
sujetos al abuso y la arbitrariedad del funcionariado o que la
República resulte lastimada en los derechos y prerrogativas que le
acuerdan las leyes.
Pero por encima de todo, las aduanas requieren hombres probos y
capaces. Sin ellos, todo esfuerzo resultará nulo, toda acción
terminará en fracaso y la sentencia del Padre de la Patria seguirá
esperando en lontananza: «Los empleos públicos pertenecen al Estado;
no son patrimonio de particulares. Ninguno que no tenga probidad,
aptitudes y merecimientos es digno de ellos.»
Autor: Carlos Asuaje Sequera