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En el editorial de este número del Boletín
Aduanero mencionamos los códigos de barra como una tecnología de
identificación de mercancías que puede y debe utilizarse masiva y
perfectamente en nuestras aduanas, bien para facilitar la creación
de extensas bases de datos sobre el valor de mercancías, su
clasificación arancelaria y para optimizar el control e inventario
dentro de las zonas primarias aduaneras.
A decir de los expertos, los códigos de barras son un conjunto de
cifras con una estructura predeterminada, cuyo objeto es lograr la
identificación inequívoca de un producto, ítem, o servicio; también
se dice que son arreglos precisos de líneas paralelas (barras) y
espacios que varían en la anchura para representar los datos. Estas
barras son capturadas mediante scanners o lectores ópticos y
reconocidas y procesadas por sistemas informáticos.
La gran virtud de este sistema desde nuestro punto de vista de
aduaneros interesados en un mejor control de las mercancías, es que
dota a cada producto de una identificación única, de una suerte de
cédula de identidad que al ser recibida por el sistema informático
indica la marca, modelo y otras características previamente
almacenadas. Así, por ejemplo, una grabadora digital marca Sony,
modelo ICDB16 tiene asignado un código de barras exclusivo, es
decir, una identificación que la distingue de cualquier otra
manufactura, incluyendo las de la misma marca.
Un servicio aduanero que adopte esta tecnología estaría en capacidad
de reducir hasta el infinito los errores en la identificación de las
mercancías, no sólo en la toma de la información (se estima que una
persona promedio comete un error por cada trescientos caracteres
digitados, mientras que los lectores de código cometen un error por
cada trillón de capturas), si no también en la diferenciación de las
características que diferencian un bien de otro y que, en
consecuencia, lo hacen único.
En un futuro no lejano y en virtud de la aplicación de tecnologías
modernas, podremos ver planillas de liquidación de gravámenes
aduaneros que señalen las identificaciones exactas de los productos
que amparan, prodigando seguridad jurídica para el importador
honesto y medios para descubrir al tramposo; podríamos contar con
una excelente base de datos de clasificaciones arancelarias, pues
una vez clasificado un producto ese pronunciamiento técnico quedaría
registrado para uso semejante en todas las oficinas aduaneras; los
valoradores encontrarían una inestimable ayuda al contar con una
información ágil sobre los precios declarados anteriormente por
otros importadores para un producto idéntico (no similar),
facilitando de consuno el establecimiento de franjas de valores
admisibles; aumentaría notablemente la eficacia del control
posterior, el cual podría realizarse (a lo menos en un primer
estadio) desde la misma oficina del funcionario fiscal al disponer,
sin previo requerimiento, de toda la información requerida para
cumplir sus labores.
Lo que antecede es apenas un bosquejo de lo que puede hacerse;
apenas es un esbozo de la aduana que queremos y que podemos lograr
con inteligencia, tesón y amor a la patria.
Autor: Carlos Asuaje Sequera
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